Jubilaciones y Pensiones
- Edad mínima: 65 años (hombres) y 60 años (mujeres), según la Ley 24.241.
- Aportes: mínimo 30 años de servicios formales registrados en ANSES.
- Documentación: historial laboral, formularios PS 1.47 y CUIT/CUIL.
Nuestro equipo de abogados previsionales, contadores y actuarios te guía paso a paso en la recopilación de antecedentes, presentación ante ANSES y seguimiento hasta la resolución.
- Fórmula de movilidad: combina el 80% del promedio de las mejores 120 remuneraciones actualizadas.
- Ajustes trimestrales según índice de movilidad (Ley 27.426).
- Complementos por zona (antártida, Patagonia) y tareas peligrosas.
Contamos con actuarios y economistas previsionales que simulan tu haber previsional, optimizan la proyección y alertan sobre factores que puedan incrementar tu ingreso.
- Rectificación de historia laboral: presentás constancias de servicio (liquidaciones, certificados de empresa).
- Pericia laboral: nuestro perito revisa y certifica antecedentes ante el organismo.
- Reclamación en ANSES: iniciamos trámite de “proceso administrativo de rectificación” para incluir esos años.
Abogados previsionales y contadores especializados trabajan junto a peritos para garantizar que cada aporte se refleje correctamente en tu legajo.
- Jubilación anticipada: posible para regímenes especiales (docentes, tareas pesadas) con 55–60 años y 25 años de aporte.
- Moratoria: planes de pago para completar aportes faltantes, con tasas subsidiadas.
- Ventajas: cobran pensión sin esperar la edad plena y mejoran su haber con bonificaciones.
Te asesoramos en la elección del régimen más conveniente, preparamos simulaciones y armamos tu plan de pago para regularizar aportes.
- Recurso de reconsideración ante la UDAI local de ANSES.
- Presentación de prueba pericial (actuario, contador) que demuestre el monto real.
- Acciones judiciales de amparo o contencioso-administrativas contra ANSES por resolución firme.
Con abogado previsional, actuario y contador forense, articulamos tu reclamo administrativo y, de ser necesario, impulsamos la vía judicial para obtener el haber justo y actualizado.
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Alta automática de jubilados y pensionados en PAMI.
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Cobertura de medicamentos, prestaciones de enfermería y tratamientos (crónicos y hemodiálisis).
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Acceso a centros de salud y farmacias adheridas, sin costo de coseguro para afiliados con movilidad mínima.
Nuestros abogados en derecho previsional y médicos especialistas en geriatría coordinan la carga de tus antecedentes en PAMI y te orientan sobre los protocolos de derivación y autorización.
Rechazo de cobertura: PAMI debe fundamentar la denegatoria por escrito.
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Amparo judicial:
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Presentamos demanda de amparo en el fuero federal o provincial (Ley 16.986), exigiendo cobertura inmediata.
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Acompañamos con informes médicos, peritajes farmacológicos y protocolos clínicos.
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Solicitamos medidas cautelares para garantizar tu acceso al tratamiento mientras dure el juicio.
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Nuestro equipo multidisciplinario abogados previsionales, médicos forenses y farmacólogos elabora un expediente sólido que maximiza la probabilidad de una resolución favorable y urgente.